Con su publicación en el Diario Oficial, el pasado 20 de junio, la nueva Ley sobre Delitos Informáticos y sus Sanciones, Ley 21.459, entró en vigencia en nuestro país, derogando la Ley N° 19.223. Además, modifica otros cuerpos legales con el objeto de adecuarlos al Convenio de Budapest.

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Hasta ahora la legislación se centraba, principalmente, en el tratamiento de la información y no en los contenidos. Bajo la nueva ley, el espectro penal para los delitos informáticos se amplía de manera ostensible incorporando un catálogo de ocho nuevos ciberdelitos, especifica tipos penales que se encontraban incluidos en la Ley N°19.223, además de considerar circunstancias atenuantes especiales.

Los nuevos delitos que incorpora la Ley son los siguientes:

1.            Ataque a la integridad de un sistema informático

2.            Acceso ilícito

3.            Interceptación ilícita

4.            Ataque a la integridad de los datos informáticos 

5.            Falsificación informática 

6.            Receptación de datos informáticos 

7.            Fraude informático

8.            Abuso de los dispositivos

Los cambios que introduce la nueva normativa afectan ampliamente la manera de operar de las empresas en sus dimensiones estratégicas, normativas, procedimentales, tecnológicas, de gestión de personas y de transferencia de datos.

Por lo mismo, las compañías deben contar con políticas y/o protocolos referentes a tecnologías de la información y ciberseguridad, de manera que exista un sistema que se haga cargo de las brechas de seguridad y que trate a tiempo los incidentes de seguridad. En Hayes & Corp contamos con un equipo multidisciplinario de profesionales expertos para asesorarte en el desarrollo de un Modelo de Prevención de Delitos Informáticos, que no solo responde a la necesidad de prevenir delitos y daños económicos y reputacionales, sino también para dar cumplimiento a la nueva Ley.